RIESGOS DEL TRABAJO
Extracto
TRASFONDO. La ley laboral indica que los patronos deben proveer a sus empleados dos tipos de protección: (1) Seguro Social, que cubre enfermedad, maternidad y accidentes no relacionados con el trabajo; (2) Riesgos de Trabajo (RT), que cubre accidentes laborales. Si un patrono no protege a sus empleados, él es responsable por los eventos que de otra manera hubieran estado cubiertos.
Seguro Social debe ser contratado con la Caja Costarricense de Seguro Social (“La Caja”) y no es materia a tratarse aquí. RT es suministrado por el INS. Para empleados domésticos, el INS ofrece una versión más barata de RT, con menos papeleo: “Riesgos del Trabajo – Hogar”, o RTH
RIESGOS DEL TRABAJO “NORMAL”. Aseguramiento. El patrono se afilia con el respectivo formulario, con los nombres, puestos, números de cédula y sueldos de sus empleados. Además aporta copia de su cédula de identidad y, en caso de empresas, la cédula jurídica y una personería reciente. INS determina el porcentaje a pagar, que normalmente cae entre 2 y 3% de la planilla. La prima se paga por año anticipado. El patrono debe enviar al INS una planilla mensual en formulario especial, y reportar contrataciones, despidos, y otra información relevante. Pueden enviarse reportes por internet o fax: consulte a su agente de seguros.
RIESGOS DEL TRABAJO – HOGAR. Puede cubrir trabajadores extranjeros, sean o no inmigrantes legales.Hay dos opciones: si sus arreglos domésticos no se ajustan a ninguna, deberá contratar una póliza RT “normal”.
Opción 1.
Cubre un empleado(a) doméstico(a) que trabaje a tiempo completo, (por ejemplo: empleada, mucama, cocinero, ama de llaves, etc.- pero no cubre guarda, jardinero o chofer) más otra persona (jardinero, misceláneo, etc.) por hasta cinco días por mes. Costo anual por adelantado, C.17,660.
Opción 2.
Cubre dos empleados(as) domésticos(as) a tiempo completo, más otra persona por hasta cinco días por mes. Costo anual por adelantado, C.31,740
ASEGURAMIENTO. El patrono llena una solicitud con los nombres y números de cédula de sus empleados a tiempo completo. No es necesario el nombre del misceláneo. Además el patrono aporta copia de su cédula de identidad. La prima se paga anualmente por adelantado. Si cambia de empleada(s) debe enviar una carta al INS con los datos de la(s) persona(s) nueva(s).
SINIESTROS. La fórmula “Orden de Atención Medica” debe llenarse por el patrono. Si el accidente es serio, llamar al 911. Si no es serio, enviar el empleado (con la fórmula) a la Clínica del INS cerca del Hospital México en San José.
Rev.10./08
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